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LA CORTE RECHAZO PEDIDO DE CLARIN
Y ANALIZA LA SOLICITUD DE PER SALTUM
DEL GOBIERNO
FOTO: TÉLAM
Buenos Aires, 7 de diciembre (Télam). La Corte Suprema de Justicia
comenzó a analizar el pedido de per saltum presentado hoy por el Gobierno
contra la prorroga de la medida cautelar que
benefició al grupo Clarín -resuelta ayer por la Cámara
Civil y Comercial Federal-, que impide la plena aplicación de la Ley
de Servicios de Comunicación Audiovisual.
La actitud del máximo tribunal quedó firmemente expuesta esta
tarde, al rechazar in límine, es decir sin siquiera tenerlo
en cuenta, un pedido del multimedio para que se rechace la presentación
del gobierno nacional.
Por otra parte, el titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación
Audiovisual (AFSCA), Martín Sabbatella, confirmó que por la
tarde todos los grupos que excedían los límites establecidos
en el artículo 45 de la ley 26.522, con la sola excepción de
Clarín, presentaron sus planes de adecuación ante ese organismo.
Sabbatella dijo que "sólo medio grupo no presentó el plan
de adecuación", en alusión a que la empresa Fintech, poseedora
del 40% del paquete accionario de Cablevisión -socia de Clarín-,
se presentó también para adecuarse a la ley.
El funcionario agregó que "todos menos Clarín entienden
que la ley es la ley y hay que cumplirla; y, a pesar de la resolución
vergonzosa de la Cámara (de Apelaciones), presentaron su plan antes
de que termine el 7 de diciembre".
Respecto a la decisión adoptada por la Corte, a media mañana
el presidente Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi
y Juan Carlos Maqueda ya habían recibido copia de la
presentación del recurso extraordinario por salto (per saltum)
de instancia" formulado por el Ejecutivo.
El caso está caratulado "Estado Nacional /Jefatura de Gabinete
s/interpone recurso extraordinario por salto de instancia en autos Grupo Clarín
S.A. s/medidas cautelares, expediente 8836/9" y se presentó mediante
escritos simultáneos, uno de la Jefatura de Gabinete de Ministros y
otro de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
(AFSCA).
En ambos se pide la intervención directa de la Corte Suprema en la
causa, lo que equivale a la suspensión inmediata de lo resuelto ayer
por la Cámara Civil y Comercial Federal, y la posterior declaración
de nulidad de la prórroga de la cautelar.
Esa prórroga bloquea la implementación del artículo 161
de la ley, que es la que obliga a las licenciatarias a desprenderse de los
excedentes de licencias permitido.
Fuentes de la Corte aseguraron que los ministros mantuvieron contactos informales
entre sí, pero adelantaron que para expedirse aguardarán las
opiniones de los demás, lo que recién ocurriría la semana
próxima. Para ello, les remitieron copia de las presentaciones del
gobierno pidiendo el per saltum a los ministros que hoy no estaban
en sus despachos, por caso Eugenio Zaffaroni, quien se encuentra de viaje
en Colombia en una actividad académica.
En cambio, sin esperar la consulta la Corte rechazó por considerar
manifiestamente inadmisible la solicitud del Grupo Clarín
para que el tribunal no considerara el pedido gubernamental.
El trámite fue presentado por Grupo Clarin S.A, Arte RadioTelevisivo
Argentino S.A, Cablevisión S.A, Multicanal S.A, Radio Mitre S.A y Teledigital
Cable S.A ,pocas horas después que el máximo tribunal recibiera
los recursos extraordinarios con per saltum del Gobierno.
Reservese el escrito en mesa de entradas para ser devuelto al presentante,
fue la fórmula del rechazo rubricada por Cesar Abritta, el secretario
de la Corte que centralizará todo el trámite del expediente
"E 287/2012 pva" (como se designa a las presentaciones varias).
La Corte Suprema de Justicia de la Nación deberá resolver primero
si es procedente el planteo realizado por el gobierno nacional contra la prórroga
dispuesta por la Cámara a la medida cautelar que mantiene paralizada
la aplicación del artículo 161 de la Ley de Medios, en el marco
de la causa que mantiene el grupo Clarín contra el Estado Nacional.
Según la ley de per saltum, la "admisibilidad del recurso"
tendría "efectos suspensivos respecto de la resolución
recurrida", en este caso la extensión de la vigencia de la medida
cautelar, explicaron las fuentes.
En su presentación, el Ejecutivo esgrime que lo resuelto ayer por los
camaristas de la Sala I está viciado de "nulidad" porque
contradice lo dispuesto por la Corte al resolver que el 7 de diciembre vencía
la vigencia de la medida cautelar en caso de que no hubiera un fallo de fondo
en la primera instancia.
De esta forma, la Jefatura de Gabinete hizo uso del recurso del "per
saltum" para evitar pasar con una apelación por la Cámara
en lo Civil y Comercial Federal, en base a la modificación del artículo
257 del Código Procesal, que habilita esa instancia.
Ayer, la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial hizo lugar a un
planteo del Grupo Clarín y extendió la vigencia de la medida
cautelar que suspende la aplicación de la llamada cláusula de
desinversión para sus empresas, hasta que la Justicia de primera instancia
dicte un fallo de fondo, todavía en trámite desde hace tres
años. (Télam)
Deporvida Por Jorge López |
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